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Declaración Juramentada de Bienes y Rentas - Llenar en línea y descargar PDF

DATOS PERSONALES

Datos personales
Parientes de primer grado (hasta 8) (1/8)

Registra cónyuge, padres e hijos según lo dispuesto en el artículo 122 de la Constitución Política.

Pariente 1
Pariente 2
Pariente 3
Pariente 4
Pariente 5
Pariente 6
Pariente 7
Pariente 8
Máximo 8 parientes
Motivo de la declaración

BIENES Y RENTAS

Ingresos y rentas del último año gravable

Ingresa los valores en pesos colombianos. El total se calcula automáticamente.

Cuentas corrientes y de ahorros (hasta 5) (1/5)

Cuentas bancarias que posees en Colombia y en el exterior.

Cuenta Bancaria 1
Cuenta Bancaria 2
Cuenta Bancaria 3
Cuenta Bancaria 4
Cuenta Bancaria 5
Máximo 5 cuentas bancarias
Bienes patrimoniales (hasta 4) (1/4)

Bienes inmuebles, vehículos u otros activos patrimoniales (Hasta 4).

Bien Patrimonial 1
Bien Patrimonial 2
Bien Patrimonial 3
Bien Patrimonial 4
Máximo 4 bienes patrimoniales
Zoom

¿Cómo usar esta herramienta?

Si WOMPI no te redirige a la página de descarga, ingresa desde aquí: DESCARGAR FORMATO

🔑 Debes ingresar el número de la transacción y el código único de recuperación.

  1. 1. Datos Personales y Finalidad: Registra tus nombres, documento, domicilio principal, entidad receptora y motivo de la declaración (posesión, retiro o actualización).
  2. 2. Ingresos y Cuentas Bancarias: Digita tus ingresos y rentas del último año (la herramienta suma el total automáticamente) y registra tus cuentas y bienes patrimoniales.
  3. 3. Obligaciones y Sociedades: Completa tus deudas vigentes, participación en juntas, sociedades o actividad privada en la Página 2.
  4. 4. Firma y Descarga: Adjunta tu firma digital, revisa la vista previa interactiva de 2 páginas y haz clic en Pagar y Descargar para obtener tu PDF oficial tamaño Carta listo para radicar.

Declaración Juramentada de Bienes y Rentas Persona Natural: Guía Oficial DAFP (Ley 190 de 1995 y Ley 2013 de 2019)

En el ordenamiento jurídico colombiano, la Declaración Juramentada de Bienes y Rentas y Actividad Económica Privada es un instrumento legal, ético y administrativo de carácter obligatorio que deben presentar todos los servidores públicos y contratistas de prestación de servicios del Estado. Su objetivo primordial es garantizar la transparencia, prevenir el enriquecimiento ilícito, fiscalizar el patrimonio público y evitar la ocurrencia de conflictos de interés en el ejercicio de las funciones estatales.

Este formato estandarizado, reglamentado por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) y articulado con el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP II), consolida la información patrimonial, financiera, familiar y laboral del declarante en un documento estructurado de dos (2) páginas tamaño Carta, el cual goza de presunción de veracidad bajo la gravedad de juramento.

⚖️
Fundamento Constitucional (Artículo 122 de la Carta Política):

«Ningún servidor público entrará a ejercer su cargo sin prestar juramento de cumplir y defender la Constitución y desempeñar los deberes que le incumben. Antes de tomar posesión del cargo, al retirarse del mismo o cuando la autoridad competente se lo solicite, deberá declarar, bajo juramento, el monto de sus bienes y rentas...»


1. Marco Normativo y Leyes Aplicables en Colombia

El régimen de la Declaración Juramentada de Bienes y Rentas está sustentado en un marco normativo integral de jerarquía constitucional y legal:

  • Constitución Política de Colombia (Artículo 122): Establece el mandato imperativo de declarar el patrimonio antes de la posesión, al momento del retiro y periódicamente ante la administración pública.
  • Ley 190 de 1995 (Estatuto Anticorrupción - Artículos 13 y 14): Reglamenta la obligatoriedad del formato único para todos los empleados de las tres ramas del poder público, órganos de control, entidades territoriales y entes autónomos.
  • Ley 2013 de 2019 (Ley de Transparencia y Publicación Proactiva): Obliga a altos funcionarios del Estado, congresistas, magistrados, ministros, gobernadores, alcaldes y directores de entidades a hacer pública y accesible a la ciudadanía su declaración de bienes y rentas y registro de conflictos de interés.
  • Decreto 1083 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública): Define los plazos específicos de actualización anual para las entidades del orden nacional y del orden territorial.
  • Ley 1952 de 2019 y Ley 2094 de 2021 (Código General Disciplinario): Tipifica como falta gravísima la omisión, retardo injustificado o falsedad en el diligenciamiento de este documento oficial.

2. ¿Quiénes están obligados a presentar este formato?

La obligación legal de diligenciar y radicar el Formato Único de Bienes y Rentas recae sobre dos grandes categorías de personas naturales vinculadas a la gestión pública:

👔 Servidores Públicos

Aplica a todas las personas naturales vinculadas laboralmente al Estado en cualquiera de sus niveles:

  • Empleados públicos de Carrera Administrativa.
  • Empleados en cargos de Libre Nombramiento y Remoción.
  • Funcionarios elegidos por voto popular (Presidente, Congresistas, Gobernadores, Diputados, Alcaldes y Concejales).
  • Servidores en nombramiento Provisional o Periodo de Prueba.
  • Trabajadores oficiales vinculados mediante contrato de trabajo con empresas industriales y comerciales del Estado.

📋 Contratistas de Prestación de Servicios

Personas naturales que celebran contratos con el Estado:

  • Contratos de Prestación de Servicios Profesionales.
  • Contratos de Apoyo a la Gestión.
  • Contratos de Consultoría y Asesoría Técnica Externa.
  • Requisito previo e indispensable para la suscripción del contrato, suscripción de acta de inicio y liquidación contractual.

3. Los 3 Momentos Obligatorios de Presentación y Calendario Oficial

El Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) estipula con claridad tres momentos procesales en los que debe radicarse la declaración:

1

A. Declaración de Ingreso o Posesión

Se realiza como requisito previo e inexcusable antes de tomar posesión del empleo público o antes de la firma del acta de inicio en los contratos de prestación de servicios. No se puede legalizar la vinculación sin haber radicado este formato debidamente firmado.

2

B. Declaración de Actualización Periódica Anual

Todos los servidores activos deben actualizar su información patrimonial cada año, reportando las variaciones del año gravable inmediatamente anterior (del 1 de enero al 31 de diciembre), según el siguiente cronograma oficial:

  • Entidades del Orden Nacional: Del 1 de abril al 31 de mayo de cada anualidad (Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Agencias Nacionales).
  • Entidades del Orden Territorial: Del 1 de junio al 31 de julio de cada anualidad (Gobernaciones, Alcaldías, Secretarías Municipales, Concejos, Asambleas, Personerías).
3

C. Declaración de Retiro o Egreso

Debe diligenciarse y radicarse al momento de la desvinculación definitiva de la entidad pública, ya sea por renuncia aceptada, vencimiento del periodo, supresión del cargo, insubsistencia o liquidación final del contrato de prestación de servicios.


4. Estructura Detallada del Formato Oficial (Página 1 y Página 2)

El Formulario Único oficial se distribuye estrictamente en dos páginas calibradas a tamaño Carta estándar:

Página 1: Identificación, Parientes, Ingresos y Patrimonio

  • Sección I - Datos Personales: Nombres y apellidos completos, tipo de documento (C.C., C.E., T.I.), número de identificación, país, departamento, municipio de residencia, dirección del domicilio principal y teléfonos de contacto.
  • Sección I (Continuación) - Parientes de Primer Grado: Registro obligatorio de los parientes dentro del primer grado de consanguinidad (padres e hijos), primer grado de afinidad (cónyuge/compañero permanente, suegros, yernos y nueras) y primero civil (hijos adoptivos y padres adoptantes). La ley exige relacionar nombres completos, documento de identidad y parentesco.
  • Sección II - Motivo de la Declaración: Selección inequívoca de la finalidad: toma de posesión, retiro, actualización periódica o modificación de datos.
  • Sección III - Ingresos y Rentas del Último Año Gravable: Desglose en pesos colombianos de salarios, cesantías e intereses, gastos de representación, arriendos, honorarios y otros ingresos. Nuestra plataforma calcula automáticamente la sumatoria total en tiempo real.
  • Sección IV - Cuentas Corrientes y de Ahorro: Detalle de entidades bancarias en Colombia o en el exterior, tipo de cuenta, número, sede y saldo acumulado a la fecha de corte.
  • Sección V - Bienes Patrimoniales: Relación de bienes inmuebles (apartamentos, casas, lotes con matrícula inmobiliaria), automotores (marca, modelo y placa vehicular) y títulos valores con su valor comercial estimado.
  • Pie de Página 1: Nombre de la entidad pública o empleador contratante.

Página 2: Acreencias, Sociedades, Régimen Conyugal y Firma Oficial

  • Sección VI - Acreencias y Obligaciones Vigentes: Registro de créditos hipotecarios, préstamos de consumo, tarjetas de crédito y deudas comerciales activas con entidades financieras o particulares.
  • Sección VII - Participación en Juntas Directivas y Sociedades:
    • a) Miembro de Juntas o Consejos Directivos: Entidad y calidad de miembro (principal o suplente).
    • b) Socio de Corporaciones, Sociedades y/o Asociaciones: Razón social y calidad de socio (accionista, socio gestor, etc.).
  • Sección VIII - Sociedad Conyugal o de Hecho Vigente: Indicación expresa (SÍ o NO) sobre la existencia de sociedad conyugal activa, nombres completos, tipo y número de documento del cónyuge o compañero(a) permanente.
  • Sección IX - Actividad Económica Privada: Detalle de actividades de consultoría, asesoría independiente, comercio o servicios desarrollados en el sector privado y forma de participación.
  • Sección X - Firma del Declarante y Fecha de Diligenciamiento: Estampe de la firma digitalizada del funcionario o contratista, ciudad y fecha exacta de radicación.

5. Tabla Comparativa: Declaración de Bienes y Rentas (DAFP) vs. Declaración de Renta (DIAN)

Es muy frecuente que los ciudadanos confundan la Declaración de Bienes y Rentas con la Declaración de Renta ante la DIAN. La siguiente tabla aclara sus diferencias fundamentales:

Criterio Declaración de Bienes y Rentas (DAFP / SIGEP) Declaración de Renta y Complementarios (DIAN)
Finalidad Principal Control ético, transparencia pública y prevención de conflictos de interés en el Estado. Determinación y liquidación del impuesto sobre la renta y obligaciones tributarias.
Entidad Receptora Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) / Entidad Empleadora. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Sujetos Obligados Exclusivamente servidores públicos y contratistas del Estado colombiano. Todas las personas naturales y jurídicas que superen los topes patrimoniales o de ingresos fijados por la DIAN.
Marco Legal Artículo 122 C.P., Ley 190 de 1995 y Ley 2013 de 2019. Estatuto Tributario de Colombia (Decreto 624 de 1989 y reformas tributarias).
Sanción por Omisión Destitución del cargo e inhabilidad disciplinaria de 10 a 20 años (Ley 1952 de 2019). Sanción por extemporaneidad, intereses moratorios y multas fiscales en UVT.
Formato Oficial Formato Único de 2 Páginas Carta (DAFP). Formulario 210 de la DIAN (Cédula General y Rentas Cedulares).

6. Consecuencias Legales por Omisión, Inconsistencias o Falsedad

Al consignar los datos en este formulario, el ciudadano actúa bajo la gravedad de juramento. Por ello, el ordenamiento jurídico sanciona con severidad las irregularidades:

⚠️
Régimen Sancionatorio Aplicable:
  • Responsabilidad Disciplinaria (Ley 1952 de 2019): Omitir la declaración o no suministrar la información veraz en los plazos legales constituye una Falta Gravísima, sancionada con la destitución del empleo y la inhabilidad general para ejercer cargos públicos por un término de 10 a 20 años.
  • Responsabilidad Penal (Código Penal Colombiano):
    • Falso Testimonio (Artículo 442 C.P.): Prisión de 6 a 12 años para quien falte a la verdad en declaraciones juramentadas ante autoridad.
    • Falsedad Ideológica en Documento Público (Artículo 286 C.P.): Prisión de 64 a 144 meses e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas para el servidor que consigne falsedades en un documento oficial.

7. Documentos y Soportes Recomendados para el Diligenciamiento

Para garantizar exactitud milimétrica al llenar el formulario en línea, se sugiere tener a mano los siguientes soportes:

  1. Certificado de Ingresos y Retenciones (Formulario 220 DIAN) o extractos de honorarios y cuentas de cobro del año inmediatamente anterior.
  2. Extractos bancarios oficiales con corte al 31 de diciembre del año previo para certificar saldos de cuentas corrientes y de ahorros.
  3. Escrituras públicas o certificados de tradición y libertad para verificar el número de matrícula inmobiliaria y avalúo catastral de inmuebles.
  4. Tarjetas de propiedad y recibos de impuesto vehicular para confirmar placas y avalúo comercial de vehículos.
  5. Estados de cuenta y certificados de deuda emitidos por entidades bancarias (créditos hipotecarios, libranzas, tarjetas de crédito).
  6. Documentos de identidad de parientes de primer grado (padres, cónyuge e hijos).

8. Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre el Formato de Bienes y Rentas

¿Qué sucede si no tengo bienes inmuebles ni vehículos para reportar?

Si no posees bienes patrimoniales registrados a tu nombre, puedes dejar los campos en blanco o indicar "NINGUNO". La herramienta generará el documento oficial respetando los espacios del formato DAFP sin alterar su validez jurídica.

¿Los contratistas de prestación de servicios deben declarar en el SIGEP o en físico?

Los contratistas deben diligenciar y firmar el formato único oficial para adjuntarlo a su carpeta precontractual en la entidad contratante y cargarlo en la plataforma SIGEP II según los lineamientos específicos de la Oficina de Talento Humano o Contratación de la entidad pública.

¿Cómo se reportan las cuentas bancarias conjuntas?

En caso de cuentas bancarias conjuntas o mancomunadas, se debe reportar la entidad, el número y el porcentaje del saldo correspondiente a la participación del declarante (habitualmente el 50% salvo estipulación contractual distinta).

¿Se deben declarar las deudas con personas naturales o solo con bancos?

Se deben declarar todas las acreencias y obligaciones financieras vigentes, tanto las contraídas con entidades del sector financiero y cooperativo como los préstamos legalmente constituidos con particulares.

¿Qué valor se coloca en los bienes inmuebles: el avalúo catastral o el comercial?

El formato solicita el valor estimado del bien. Es aceptado reportar el avalúo comercial aproximado o el avalúo catastral que figura en la última factura del impuesto predial unificado.

¿El formato generado en esta plataforma es 100% válido ante las entidades públicas?

Sí. El archivo PDF generado por nuestra plataforma cumple al 100% con la tipografía, distribución espacial, márgenes de 612 × 792 pt (tamaño Carta) y codificación exigida por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), listo para imprimir o radicar digitalmente.


9. Formatos Oficiales y Herramientas PDF Relacionadas

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